PETICIÓN PARA QUE UN HIJASTRO VENGA A LOS ESTADOS UNIDOS CON EL FORMULARIO I-130

Stepchild Petition Form I-130 - Nanthaveth & Associates

Es posible traer a sus hijastros a los Estados Unidos y, con ayuda, puede ser más fácil de lo que cree. Muchas personas optan por trabajar con un abogado de inmigración de Austin para agilizar el proceso.

Guía Para La Inmigración De Hijastros A Los EE. UU.

Cuando un ciudadano estadounidense o residente permanente legal se casa con un extranjero que ya tiene hijos, el gobierno puede permitir que esos niños vengan a los Estados Unidos. Sin embargo, hay algunos requisitos.  Lo más importante es que el niño debe haber sido menor de 18 años en la fecha en que su padre y su padrastro se casaron.

¿Tiene Que Adoptar A Sus Hijastros Para Que Emigren A Los Estados Unidos?

Usted no tiene que adoptar a sus hijos para que emigren a los Estados Unidos. Simplemente complete y presente el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos en nombre del niño. Puede adoptar a sus hijastros, pero esa adopción no confiere beneficios de inmigración. De todos modos, debe completar y presentar el Formulario I-130, incluso si se adoptan.

Por supuesto, puedes adoptar a tus hijastros, pero esa adopción no le da automáticamente un estatus migratorio a ese niño. Aunque muchas personas sienten que debería o creen que sí, USCIS lo tiene claro. De todos modos, debe completar y presentar el Formulario I-130, incluso si se adoptan.

Requisitos Para Traer A Sus Hijastros A Los EE. UU.

Si su cónyuge tiene hijos menores de 18 años (o que eran menores de 18 años cuando se casaron), puede solicitar que el gobierno de los EE. UU. les permita ingresar al país. Sin embargo, existen diferentes procesos para los hijos solteros y menores de 21 años y para los hijos mayores de 21 años o casados.

¿Necesita Ayuda De Un Abogado Experto En Inmigración?

No dude en ponerse en contacto con Nanthaveth &Associates. Hemos ayudado a muchas personas en la misma situación que usted. Póngase en contacto con nosotros hoy para una consulta GRATUITA.

Stepchild petition From I-130

Traer Hijastros Solteros Menores De 21 Años A Los Estados Unidos

Los hijastros menores de 21 años que no están casados se consideran parientes inmediatos de un ciudadano estadounidense. Con base en esa relación, los niños pueden obtener tarjetas verdes. Usted o su abogado pueden presentar un Formulario I-130 en nombre de cada niño.

Si los niños viven en el extranjero, USCIS primero debe aprobar la solicitud del Formulario I-130 y luego enviar el paquete de solicitud a la embajada o consulado de EE. UU. más cercano. Después de que se procese la solicitud en la embajada o consulado (durante un proceso llamado procesamiento consular), los niños podrán venir a los EE. UU. con una visa de inmigrante. Se convertirán en residentes permanentes en el momento en que ingresen a los Estados Unidos.

Si los niños ya viven en los Estados Unidos, es posible que pueda presentar una petición de ajuste de estatus para ellos. Su abogado de inmigración puede darle orientación específica para cada caso y decirle cómo proceder.

Traer Hijastros Casados O Mayores De 21 Años A Los Estados Unidos

Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar tarjetas verdes para sus hijastros adultos e hijastros que están casados, pero como adultos o personas casadas, no cuentan como "parientes inmediatos" según la ley de inmigración de los EE. UU. Eso significa que caen en las categorías de preferencia familiar, por lo que deben esperar hasta que una visa esté disponible para ellos.

Tenga en cuenta que pueden pasar varios años antes de que una visa esté disponible. Debido a este tiempo de espera, si es posible, debe intentar comenzar el proceso antes de que los hijos cumplan 21 años o se casen. Su abogado puede darle una orientación más específica sobre cómo solicitar beneficios de inmigración para hijastros que entran en esta categoría.

¿Por Qué Los Hijastros Casados O Mayores De 21 Años Tardan Tanto En Obtener Una Tarjeta Verde?

Las tarjetas verdes para parientes de preferencia familiar, que incluyen hijastros casados y adultos mayores de 21 años, generalmente tardan más en procesarse que las tarjetas verdes para familiares inmediatos.

Varios factores pueden afectar el tiempo de procesamiento de una tarjeta verde. Uno es el estado de EE. UU. en el que se procesa la tarjeta verde. Por ejemplo, el tiempo promedio de procesamiento de las peticiones presentadas por ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales para hijos casados mayores de 21 años en el Centro de Servicios de Texas es de aproximadamente un año y medio. Por el contrario, en el Centro de Servicio de California el tiempo de procesamiento es de casi cinco años.

En promedio, con un patrocinador ciudadano estadounidense o residente permanente legal, se necesitan de tres a cuatro años para que se apruebe la petición de tarjeta verde de un hijastro mayor de 21 años.

Otro factor que afecta el tiempo de procesamiento de una tarjeta verde para hijastros extranjeros que están casados o tienen más de 21 años es que existe un límite en el número de tarjetas verdes que se asignan a los países cada año. Una vez que se alcanza el límite "por país", los solicitantes se colocan en la fila para el año siguiente. Sin embargo, debido al gran volumen de solicitudes recibidas cada año, puede existir un retraso sustancial que dé lugar a retrasos adicionales en la tramitación. Dependiendo de su país de ciudadanía, un hijastro puede tener que esperar muchos años para que se apruebe una petición para una tarjeta verde.

También debe saber que un divorcio puede afectar el estado de preferencia de visa permanente de un hijastro, así como el tiempo de procesamiento requerido para obtener la aprobación. El hijastro de un ciudadano estadounidense que es menor de 21 años y estuvo casado pero se divorcia se convertirá en un "pariente de primera preferencia", lo que significa que no estará sujeto a límites anuales de visas. En teoría, esto significa una espera más corta para obtener la aprobación de una tarjeta verde. Otra cosa que debe saber es que los hijastros que se divorcian obtienen crédito por el tiempo que ya habían esperado para su tarjeta verde bajo su estado de prioridad anterior.

Todo sobre el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero

El Formulario I-130 es el formulario que debe presentar ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos como primer paso para solicitar un beneficio migratorio (en este caso, una tarjeta verde) para su hijastro. Su abogado de inmigración puede ayudarlo a completar y presentar el formulario, asesorarlo sobre qué tipo de documentación de respaldo necesita y rastrear la petición por usted.

Por lo general, USCIS aprobará su Formulario I-130 si puede establecer una relación calificada con su hijastro. Eso significa que tienes que demostrar que estás casado con sus padres y que son los hijos legítimos de tu cónyuge.

¿Necesita Ayuda De Un Abogado Experto En Inmigración?

No dude en ponerse en contacto con Nanthaveth &Associates. Hemos ayudado a muchas personas en la misma situación que usted. Póngase en contacto con nosotros hoy para una consulta GRATUITA.

Preguntas Frecuentes Sobre La Inmigración De Hijastros

Completar el formulario I-130 - Nanthaveth & AssociatesLa inmigración de hijastros puede ser confusa, así que aquí hay una lista rápida de preguntas que los abogados de inmigración a menudo escuchan. Si no ve la respuesta a su pregunta en la lista, estaremos encantados de responderla por usted, simplemente llame a nuestra oficina para programar una consulta gratuita.

¿Un Hijastro Es Considerado Familia Inmediata Por USCIS?

USCIS considera a un hijastro menor de 21 años y que no está casado como familia inmediata. Debido a que estos niños caen en la categoría de familia inmediata, una tarjeta verde de EE. UU. está disponible de inmediato para ellos, pero aún debe presentar la documentación necesaria y el I-130 para ellos. Sin embargo, si el niño está casado o tiene más de 21 años (o ambos), no califica para una tarjeta verde inmediata; En cambio, el niño debe esperar hasta que una tarjeta verde esté disponible para él bajo su categoría de preferencia familiar.

¿Cuáles Son Las Categorías De Preferencia Familiar Para Los Hijastros Casados Mayores De 21 Años?

Las categorías de preferencia familiar son las siguientes:

  • Esta categoría es para solteros, hijos adultos (mayores de 21 años) o ciudadanos estadounidenses
  • Esta categoría es para cónyuges e hijos solteros (menores de 21 años) de residentes permanentes
  • Esta categoría es para hijos adultos solteros de residentes permanentes
  • Esta categoría es para hijos casados (de cualquier edad) de ciudadanos estadounidenses
  • Esta categoría es para hermanos de ciudadanos estadounidenses adultos

Debido a que los hijastros cuentan como hijos, la categoría en la que se encuentran depende de si el peticionario es ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Los hijastros casados o hijastros mayores de 21 años son F1, F2A, F2B o F3.

¿Cuáles Son Algunos Caminos Hacia La Ciudadanía A Través De Un Padrastro O Madrastra?

Camino A La Ciudadanía Estadounidense Para Su Hijo Adoptivo Que Vive En Los EE. UU.

Si usted es ciudadano de los Estados Unidos, adoptó a su hijastro y su hijo cumple con ciertos criterios que se encuentran en la sección 320 de INA, entonces puede presentar un Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía. Es importante consultar con un abogado cuando busque la ciudadanía para sus hijastros, incluso si ya los adoptó.

Camino A La Ciudadanía Estadounidense Para Su Hijo Adoptivo Que Vive Fuera De Los Ee. Uu.

Si usted es ciudadano de los Estados Unidos, adoptó a su hijastro, su hijo cumple con ciertos criterios que se encuentran en  la sección 322 de la INA, y  usted o su abuelo ciudadano estadounidense cumplen con los requisitos de presencia física, entonces puede presentar un Formulario N-600K, Solicitud de Ciudadanía y Emisión de Certificado Bajo la Sección 322. Es esencial consultar con un abogado con experiencia para determinar su elegibilidad antes de presentar la solicitud.

Camino A La Ciudadanía Estadounidense Para Su Hijastro No Adoptado Que Vive En Los EE. UU.

Los hijastros que no son adoptados aún pueden ser elegibles para la ciudadanía después de ser residentes permanentes legales durante 5 años o, si son menores de 18 años, cuando su padre biológico casado con un ciudadano estadounidense se naturaliza después de 3 años de ser residente permanente legal.

Ciudadanía Para Hijos De Empleados Del Gobierno De Los EE. UU. Y Miembros Del Servicio Militar

En algunas situaciones, a los hijos adoptivos de miembros del servicio militar o empleados del gobierno de los EE. UU. se les puede permitir automáticamente solicitar la ciudadanía bajo la sección 320 de INA. Además, ciertos hijos del cónyuge de un miembro del servicio o del cónyuge de un empleado federal también podrían calificar. Consulte con un abogado para ver si este podría ser un camino más rápido hacia la ciudadanía para su hijastro.

¿Puedo Traer A Mi Padrastro O Madrastra A Los Estados Unidos?

Si usted es ciudadano estadounidense, es posible que pueda solicitar al gobierno de los EE. UU. que traiga a un padrastro o madrastra a los Estados Unidos, al igual que su padrastro o madrastra podría solicitar traerlo aquí. Necesita el Formulario I-130, una copia de su certificado de nacimiento que muestre los nombres de sus padres biológicos, una copia del documento de matrimonio de sus padres y padrastros y algunos otros documentos. Debe hablar con un abogado para averiguar si esto es posible en su caso.

¿Puede El Titular De Una Tarjeta Verde Solicitar A Un Hijo Mayor De 21 Años?

En algunos casos, es posible que el titular de una tarjeta verde (residente permanente legal) solicite una tarjeta verde para un niño mayor de 21 años. Sin embargo, debe hablar con un abogado para conocer sus opciones. Puede haber otras vías mejores para que su hijo o hijastro venga a los Estados Unidos.

¿Necesita Hablar Con Un Abogado De Inmigración Sobre La Inmigración De Hijastros?

Si necesita ayuda para traer a sus hijastros a los Estados Unidos, llámenos para programar una consulta gratuita. Es posible que podamos ayudarle. Muchos miembros de nuestro equipo legal han pasado personalmente por el proceso de inmigración con sus propios familiares. Esta experiencia personal, combinada con nuestro conocimiento de la ley de inmigración, nos hace especialmente capaces y dedicados a ayudar a otras familias a través del proceso también.

¿Necesita ayuda de un abogado experto en inmigración?

No dude en ponerse en contacto con Nanthaveth &Associates. Hemos ayudado a muchas personas en la misma situación que usted. Póngase en contacto con nosotros hoy para una consulta GRATUITA.

Regístrate

Regístrese para recibir artículos e información en su bandeja de entrada.

  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Nanthaveth & Associates Branding Guidelines 72dpi8

11211 Taylor Draper Lane Suite 107
Austin, TX 78759
info@austinimmigrationattorney.com
Tel: (512) 371-9000

Horas: 8:00 AM - 6:00 PM

Pago: todas las principales tarjetas de crédito, efectivo, cheque, giros postales, cheque de caja

Direcciones de a oficina

Páginas de La Ciudad